¿Hasta cuándo? La Suprema Corte de Justicia pone trabas a la aplicación de la ley de violencia hacia la mujer basada en género



Tras una ardua y extensa discusión el año pasado, el Parlamento votó, en diciembre de 2017, la nueva ley de violencia hacia la mujer basada en género (Ley Nº 19.580).

Esta ley es producto de muchos años de esfuerzo de aplicación de medidas cautelares para la prevención de la violencia de género por parte de las instituciones del Estado involucradas en este grave problema social y cultural, y también de la experiencia de las organizaciones de la sociedad civil especializadas que apoyan en los procedimientos de prevención, tratamiento y reparación.

Si bien es notoria la falta formación en algunos de los actores del Poder Judicial para una correcta aplicación de la ley y sería necesario el aumento de recursos humanos en la Defensoría, la ley se puede comenzar a implementar desde ya solo con la voluntad de una adecuada reasignación de materias entre los Juzgados especializados y los juzgados de Paz.

Esperar a la asignación presupuestal que solo se dispondrá al 1º de enero del año 2019 para comenzar a implementar la aplicación de la ley, sólo puede responder a una visión conservadora y resistente a los cambios que profundiza la inaccesibilidad de la justicia para las ciudadanas que padecen este problema.

La Circular 77/2018 del 14 de mayo, no solo coloca al Poder Judicial en una incomprensible posición de resistencia a sus nuevos compromisos establecidos por ley, sino que profundiza la falta de confianza de la ciudadanía hacia los actuales integrantes de la conducción de este fundamental poder del Estado.

 

Circular:

 

 

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